En el mes de Junio pasado, distintos trabajadores pertenecientes a la jefatura de Inmobiliario Sur son citados con carácter obligatorio a un curso de formación de Agente Interno. Posteriormente y a finales de ese mismo mes, la empresa comunica a este personal que se le van a asignar unas nuevas funciones bajo el principio de internalización de actividad enmarcado dentro del proyecto GPS. Dicha actividad consiste en la gestión y negociación de contratos de alquiler de emplazamientos de estaciones base, es decir negociar nuevos emplazamientos y renegociar a la baja los existentes en cuanto a la ubicación de las Estaciones Base de móviles.
Ante esto, un grupo de trabajadores remiten un escrito al Comité de Empresa de Sevilla solicitando de este que intervenga en el conflicto en defensa de los derechos de los afectados ya que se les está encomendando unas funciones que no son de su categoría, teniendo en cuenta además que el conflicto afecta a técnicos, ingenieros técnicos, aparejadores, delineantes y administrativos.
Además del escrito al Comité de Empresa, el personal afectado hace reclamaciones a la empresa abriendo IRCIs en las que pide que paralice el tema en tanto no se aclaren, regulen y acuerden con la representación de los trabajadores todos los aspectos afectados.
Las IRCIs son resueltas por la empresa como suele resolver estos temas, sin demasiadas explicaciones y atribuyéndose la razón a si misma.
A mediados del mes de septiembre y previo a la celebración del Comité de Empresa de Sevilla, la CGT recogiendo el sentir de los compañeros de inmobiliario, presenta una propuesta al Comité en la que se compromete una reunión entre el Comité de Empresa y los trabajadores afectados y el esfuerzo de toda la representación social para la paralización del tema.
Inmediatamente después, el Comité de Empresa aprueba por unanimidad una resolución que traslada a la empresa y que dice entre otras cosas: La negociación y renegociación de los contratos de las Estaciones Base no está recogida en nuestra Normativa Laboral como función a realizar por los Técnicos Medios. En cualquier caso, este Comité no admitirá cambios en las condiciones laborales, económicas o funcionales del personal que realice esta actividad.
Gracias a esta posición unánime tanto de los trabajadores como de los sindicatos, la empresa modifica su posición en reunión celebrada a mediados de octubre, planteando en ese momento que las funciones de API (Agentes de la Propiedad Inmobiliaria) sólo serían realizadas por aquellos trabajadores (Arquitectos Técnicos e Ingenieros Técnicos) que voluntariamente lo acepten, previa la formación correspondiente. También informan que, de darse alguna ampliación de horario, esta sería compensada por el responsable correspondiente.
CGT-Sevilla, que ha participado junto al colectivo de técnicos de Inmobiliario desde el primer momento, ha valorado positivamente el cambio de posición de la empresa en este tema. No obstante es evidente que la resolución de este conflicto no es completa.
Por otro lado es también un claro ejemplo de que, en estos casos, es fundamental que la empresa se encuentre frente al rechazo del personal afectado y dispuesto a responder de forma colectiva junto a los sindicatos.
Para CGT la opción de la Voluntariedad es un mal menor. Es obvio que lo que la empresa quiere evitar es tener que discutir sobre unas nuevas funciones que hasta ahora se realizaban externas a Telefónica, así como de la necesaria y justa creación de empleo que ello requeriría. Nuevas funciones en Inmobiliario fuera de normativa